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Somos un despacho de abogados laboralistas especializados en despidos desde el lado del trabajador.
Nos apasiona el derecho, la justicia y defender lo que creemos que es justo.
Por qué nosotros
Porque sabemos exactamente en qué situación te encuentras. Hemos atendido cientos de despidos y tenemos una experiencia de más de 15 años en derecho laboral.
Por qué tú
Porque cada paso que des afecta a tu situación y tus posibilidades, debes darlos con INFORMACIÓN, ASESORAMIENTO PROFESIONAL Y SEGURIDAD.
Por que hay muchas variables de nuestro futuro que van a depender de lo «bien» que lo hagas en estos momentos y hay abogados especialistas que te eliminan la incertidumbre, cantidades, plazos, formas, derechos, paro… muchos temas que no conoces y que juegan en tu contra.
Una buena decisión ahora te va afectar en el futuro, y una mala te va a afectar mucho más….
El procedimiento es el siguiente:
En un plazo de 20 días hábiles desde la fecha del despido el trabajador debe hacer una solicitud de conciliación en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Este es un paso obligatorio.
En él se presenta una papeleta, que es un documento jurídico en el que se explica nuestra versión del despido y en el que se reclama lo que creemos que tenemos derecho.
Es fundamental la participación de un abogado laboral (no obligatorio), primero por cuantificar bien económicamente nuestros derechos, segundo por cumplir todos los requisitos formales para llevar a buen término la reclamación.
Por parte de la empresa siempre va a comparecer un abogado laboralista experto, nosotros debemos ir con las mismas armas.
Los posibles resultados y consecuencias del acto de conciliación son:
Acuerdo: Lo acordado tiene fuerza ejecutiva, no hace falta ratificarlo ante el juez.
Falta de acuerdo: El trabajador debe presentar la demanda en el juzgado respetando plazos y formas.
No comparecencias:
Lo siguiente, en caso de no haber habido acuerdo es la presentación de la demanda por despido en el juzgado de lo social incluyendo el justificante de la conciliación fallida.
En la demanda como norma general deben incluirse:
Para la demanda de conciliación:
Para la demanda en el juzgado:
> El día que finaliza la demanda de conciliación sin acuerdo.
> En cualquier caso 15 días después de presentar la demanda de conciliación si no se ha celebrado.
Para el trabajador si es obligatorio presentar la papeleta y comparecer si quiere llevar adelante su reclamación.
No es obligatorio llevar un abogado laboralista pero sí muy conveniente.
El cálculo matemático de la indemnización por despido es muy sencillo, aunque es muy recomendable que lo haga o al menos lo verifique un abogado laboralista:
Tiempo trabajado en la empresa.
Días por año trabajado que según la ley nos corresponde (7, 20, 33…) depende de la calificación legal del despido y de la relación laboral con la empresa, la norma general son 33 días en caso de despido improcedente de un trabajador indefinido.
Estos días han ido cambiando a medida que cambiaba la Ley, lo que hoy son 33 hace años eran 45, de forma que el cálculo se complica, 45 días por cada año trabajado hasta el año 2012, 33 días por cada año trabajado desde entonces…
Salario bruto del último año natural que hemos trabajado en la empresa (y si no ha llegado a un año la parte proporcional),
Qué se incluye dentro de salario y qué no también es interpretable y también requiere el conocimiento de un abogado, coche de empresa, horas extras, fines de semana, comisiones, tickets de comida, etc… hay que saber qué se puede incluir en el cálculo y qué no, una vez más no se puede generalizar porque el acuerdo con cada trabajador es diferente.
Una vez valorado en euros el salario bruto lo pasamos a meses y luego a días, de forma que tenemos nuestro salario bruto diario del último año (incluyendo todos los conceptos)
Motivo del despido
El más importante. En función de la calificación legal del despido se establecen los días de indemnización por año trabajado. Puede que el trabajador esté de acuerdo con la calificación jurídica que expone la empresa, pero en el caso de que no esté de acuerdo ¿cómo debe actuar?
Y ya está, con esto tenemos la información necesaria para calcular la indemnización que nos corresponde en caso de despido improcedente, el cálculo se hace de la siguiente manera:
€d = salario bruto diario del último año.
Id = Días de indemnización que nos corresponden según la calificación jurídica del despido.
A = Número de años trabajados, si hemos trabajado 7 años y 3 meses sería 7,25
Para calcular el número de días que nos corresponden dT = Id x A
Hay que tener en cuenta que la Ley establece un número de días máximos de indemnización, con carácter general los que corresponderían a dos años (730 días). Es decir que el número máximo de días a cobrar será como máximo 730. En función del tipo de contrato, alta dirección, fomento del empleo, esta cifra varía.
Los días que resulten (dT) se multiplican por el salario bruto diario del último año (€d)
En un caso práctico, a un trabajador despedido de forma improcedente que lleva en la empresa desde mayo de 2013 (suponemos que estamos a febrero de 2019), cuyo salario bruto del último año fueron 24.500 € le corresponde una indemnización de:
Salario bruto diario = 24.500€/365 días = 67,12 €/día
Días de indemnización por año que le corresponden = 33 días por año (porque es un despido improcedente y el trabajador entró en la empresa después de marzo de 2012)
Días totales que le deben pagar = 33 * 5,75 (5 años y 9 meses) = 189,75 días (Como es inferior a dos años no hay problema)
Importe final de indemnización a cobrar = 189,75 días * 67,12 €/día = 12.736,02 €
Utiliza este método para hacerte una idea pero nunca hay que dejar de consultar a un abogado laboralista que verifique cada paso del cálculo y cada una de las cifras que lo componen.
La norma general es que un abogado te cobre un porcentaje de lo reclamado (y ganado).
Este porcentaje suele ser del 12%, pudiendo ser menor cuando la cantidad a reclamar es muy elevada.
En el caso de reclamaciones de bajo importe normalmente el abogado te va a dar un asesoramiento en forma de consulta (unos 105 €) en el que te da un asesoramiento integral de tu caso, igual incluso te ayuda a calcular la indemnización, pero no te acompaña a SMAC o Juzgado ni presenta la papeleta ni demanda.
En caso de despido a menudo la situación económica en la que quedamos es una de las principales preocupaciones. Y por eso nos vemos en la encrucijada de elegir entre demandar a la empresa con el coste que tiene o renunciar a ello y a nuestros derechos porque no queremos arriesgar el dinero que cuesta el abogado.
En estas situaciones a veces llegamos a plantearnos la «justicia gratuita» pensando que es la solución perfecta, un abogado que nos defienda y sin coste para nosotros. Hay que saber que hay que cumplir unas condiciones económicas muy restrictivas para poder optar a la justicia gratuita, y que además no sabemos si tenemos derecho a ella hasta después de haberla utilizado, de modo que podemos vernos con tener que asumir el coste de un abogado que no habríamos elegido de haber sabido que teníamos que pagarlo.
Aprende todo sobre la justicia gratuita aquí y toma las decisiones con información.
Creemos en tu derecho a defenderte y sabemos COMO HACERLO, somos abogados laboralistas apasionados del derecho que defenderemos tus intereses con la seriedad y profesionalidad que NECESITAS.
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